Estas normativas están diseñadas para garantizar la seguridad y la eficiencia del sistema, por lo que es importante seguirlas adecuadamente. Si por efecto de algún problema en el colector público que provoque rebase superficial de aguas servidas que ocasione daño en la vivienda (enseres y otros), su reparación o reposición podrá solicitarse a la empresa. Al no haber solución por esta vía, el cliente podrá recurrir al Juzgado de Policía Local correspondiente.
Al comenzar la década de 1990 el sistema sanitario nacional se regiría por un nuevo marco authorized. La columna vertebral es la ley general de servicios sanitarios (1988) que estableció el régimen de concesión y de explotación de los servicios sanitarios; que reglamentó las relaciones entre las empresas concesionarias, el Estado y los usuarios; y que estructuró la fiscalización del sector por parte de una Superintendencia de Servicios Sanitarios. Para ir en ayuda de los grupos familiares o clientes residenciales de escasos recursos se estableció por ley un subsidio directo al pago de consumo de agua potable y servicio de alcantarillado. También se creó la Superintendencia de Servicios Sanitarios, como un organismo eminentemente técnico, normativo y fiscalizador del sistema sanitaria público y privado138. Una innovación era la posibilidad de que los servicios públicos de agua potable y alcantarillado pudieran ser administrados por privados. Para esto se debía presentar un anteproyecto al presidente de la República, quien aprobaría la concesión por un plazo de 10 años.
Asimismo, un 10% de la población de estas ciudades se catalogaba como que “no puede servirse de alcantarillado”, condenada a la insalubridad. Según los datos de la Inspección, en 1924 la misma administraba servicios de agua potable de Arica a Chiloé en 77 centros urbanos y de alcantarillado en eleven, a los que habría que sumar los servicios de agua potable y alcantarillado de Santiago, Valparaíso y Punta Arenas de administración municipal. Seis años más tarde, 1930, los servicios de agua potable administrados por la Inspección solo habían aumentado a eighty two y los de alcantarillado a 1973. Respecto del alcantarillado, se sumaron, con obras terminadas, los de San Felipe, Cartagena y Temuco en 1929, y los de Rancagua, Parral, Osorno e Iquique en 1930. En 1889 la Comisión de Higiene Pública fue reemplazada por el Consejo Superior de Higiene Pública, institución dependiente del ministerio del Interior.
Las tarifas eran establecidas sobre una base de subsidios cruzados entre las regiones del país, en orden a satisfacer las necesidades de la población, sin considerar el costo real de prestar el suministro”121. La mayor inversión del MOP estuvo relacionada con asegurar el suministro de agua potable para la megaciudad en que se estaba convirtiendo Santiago. En 1953 se inició la construcción del embalse El Yeso, situado a unos 2.600 metros de altura al este de la capital, el que permitiría acumular hasta 250 millones de metros cúbicos de agua, asegurando el suministro por todo el siglo XX. En 1964 fue inaugurado el mismo, luego de un largo retraso, permitiendo regular sistema de agua y alcantarillado el volumen del agua del río Maipo, del cual se abastecía de la planta de tratamiento de agua Vizcachas, inaugurada en 1947.
Entonces se debe pedir a la Superintendencia de Servicios Sanitarios que evalúe la factibilidad técnica y económica de entregar el servicio al predio solicitado. Si la Superintendencia resuelve que sí es factible, entonces ella misma podrá entregar el certificado de factibilidad, y si no hay empresas dispuestas a hacer la instalación, en última instancia podrá obligar a la empresa sanitaria más cercana a dar este servicio. Se exime a las viviendas sociales del pago de los costos de conexión a la purple de agua potable y alcantarillado en el límite urbano, y se crea un mecanismo simplificado para acceder al certificado de factibilidad técnica para instalar estos servicios. En el caso que se comprueba que el problema es ocasionado por terceros u obstrucción del conducto público, los trabajos no tendrán costos para el cliente y además la empresa sanitaria deberá realizar una sanitización donde haya ocurrido el derrame. Ante cualquier eventualidad que ocurra en el tramo correspondiente a la empresa sanitaria, si se determina que fue ocasionado por el mal uso del sistema de alcantarillado (trapos, papeles, basura, etc) se le hará un cargo al cliente por los trabajos realizados.
Tan temprano como en 1937, el presidente de la república reportaba que “no hay población en el país con más de 5,000 habitantes que carezca de agua potable, y superior a 10,000 habitantes que no disponga de alcantarillado”92. Luego de un largo camino recorrido, Chile logró una cobertura de casi 100% tanto de la provisión de agua potable161, como de alcantarillado y tratamientos de aguas servidas urbanas, además de altas coberturas para la población rural en estos servicios. Todo lo anterior fue principalmente fruto del trabajo de organismos del estado durante varias décadas, salvo el tratamiento de aguas servidas, que un proceso más bien tardío e implementado por el sector privado luego de un profundo proceso de privatización.
En 1931 el ministerio del Interior procedió a una reorganización del servicio fiscal de agua potable y alcantarillado, dictando una ley orgánica (DFL 235) que convirtió a la Inspección en la Dirección General de Agua Potable y Alcantarillado. Esta tendría a su cargo los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, con excepción de los dependientes de la Empresa de Agua Potable y la Dirección de Alcantarillado de Santiago. Los Intendentes tendrían amplias atribuciones para fiscalizar en sus respectivas provincias la marcha de estos servicios. La Dirección General sería ejercida por un director common y constaría de los Departamentos de Explotación Técnica y de Explotación Comercial79.
Sin embargo, este sistema de concesión a los privados tuvo poco éxito dado las bajas tarifas de agua potable y alcantarillado que fijaba el gobierno, haciendo poco atractiva estas inversiones. A pesar de lo anterior, surgieron algunas concesiones privadas en balnearios costeros como Zapallar, Santo Domingo y Papudo o en pueblos pequeños como Yumbel, Chañaral, Pica, El Arrayan, y Las Cenizas, o para abastecer algunos sectores de ciudades no atendidos por las empresas fiscales, como el sector de Colón en Santiago, una parte de la ciudad de Iquique82 y otra de Taltal. En otros casos, empresas privadas realizaban aportes para complementar las obras financiadas por el fisco, como fue el caso en Tomé de la empresa local Fábrica de Paños de Tomé84. En cualquier caso, esta política pública sanitaria estuvo guiada por el convencimiento de sucesivos gobiernos que dotar a la población de sistemas sanitarios modernos period la medida más eficaz de prevenir y combatir las epidemias y enfermedades ligadas a la falta de salubridad, y que causaban tan alta tasa de mortalidad en la población.
PARA EL TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE, contamos con estanques de regulación y una extensa purple subterránea que conduce el agua hacia los clientes, asegurando la presión adecuada y el abastecimiento continuo. En el Gran Santiago, Aguas Andinas mantiene 313 estanques, con una capacidad superior a un millón doscientos sistema de drenaje y alcantarillado mil de metros cúbicos totales, lo que otorga alta autonomía del sistema. Establecimiento educacional deberá contar en los lugares de trabajo, con instalaciones, artefactos, canalizaciones y dispositivos complementarios de los servicios de agua potable que cumplan con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
La acción de ambas instituciones fue efectiva en hacer ver al gobierno la urgencia de tomar medidas para mejorar los servicios de agua potable y alcantarillado, planteadas como la principal acción para mejorar las malas condiciones de salubridad de los habitantes del país. Las autoridades políticas de la época parlamentaria tomaron conciencia de la problemática y procedieron a formular un conjunto de políticas públicas para una modernización de los servicios de agua potable y alcantarillado. Las primeras acciones respecto de los servicios de alcantarillado se relacionan con la ley 342 de 1896, que autorizó a las municipalidades de ciudades y villas con más de 5.000 habitantes a establecer como obligatorio el servicio de desagües por medio de alcantarillas o cañerías. Para este efecto, los municipios levantarían redes de alcantarillado a las que los vecinos se conectarían obligatoriamente, debiendo pagar por el servicio una cuota que fijaría el municipio33. Vale decir, se seguía apostando por el modelo de subsidio universal con tarifas inferiores al costo de provisión de los servicios. A pesar de estas restricciones presupuestarias, el siguiente gráfico nos muestra las importantes inversiones de la DOS en obras sanitaria entre 1965 y 1976, las que promediaron US$68 millones anuales en dicho periodo.
Así, la estrategia adoptada fue comenzar con la provisión del suministro de agua potable en las ciudades con mayor número de habitantes, y, una vez dotado de este servicio, proceder a la instalación de alcantarillado. Acto seguido, pero con bastante rezago, el sector rural comenzó a ser atendido en ambos frentes, generando desigualdad geográfica por largo tiempo. Respecto del resto de las ciudades del país, entre 1906 y 1914, el Estado había avanzado significativamente en sus inversiones. Se habían instalado en fifty four ciudades servicios de agua potable55, mayoritariamente en urbes con más de diez mil habitantes, pero también de entre 2 y cinco mil habitantes.